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Abre amparo puerta a reclamos por cobro de alumbrado en Jiutepec

SALVADOR ROSAS salvador.rosas@diariodemorelos.com

El amparo que obligó al Ayuntamiento de Jiutepec a devolver a una empresa el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP) abre la posibilidad de que más ciudadanos y comerciantes reclamen la restitución de su dinero y exijan modificar o derogar el artículo 24 de la Ley de Ingresos 2026, cuyo mecanismo de cobro fue declarado inconstitucional por un juzgado federal.

La resolución del juicio 1269/2026, emitida el ocho de octubre por el Juzgado Octavo de Distrito en Morelos, determinó que calcular esta contribución con base en el consumo de electricidad invade facultades exclusivas del Congreso de la Unión, establecidas en el artículo 73 constitucional.

El fallo representa un antecedente jurídico para otros contribuyentes, pues el juzgado aplicó criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ha establecido que los municipios no pueden utilizar el consumo eléctrico como base para cobrar el alumbrado público.

Aunque la sentencia beneficia únicamente a la empresa que promovió el juicio, otros usuarios que hayan pagado este concepto pueden acudir a la vía legal, presentar sus recibos de electricidad y solicitar un amparo para reclamar la devolución de los cobros que les hayan aplicado.

Sin embargo, cada caso deberá ser promovido y resuelto individualmente; la sentencia no ordena una devolución automática para todos los habitantes.

Además de las acciones legales, el antecedente pone sobre la mesa la necesidad de que el Congreso de Morelos revise el artículo 24 de la Ley de Ingresos de Jiutepec y determine su modificación o derogación para evitar que continúe aplicándose un mecanismo de cobro cuestionado por la justicia federal.

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2026-11-03T07:00:00.0000000Z

2026-11-03T07:00:00.0000000Z

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